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Solicitud de Matrícula Provisoria Nacional por Arrendatario (Decreto 695/91)

SOLICITUD DE MATRICULA NACIONAL PROVISORIA POR ARRENDATARIO

(DECRETO 695/991)

 

 

DESARROLLO DEL TRÁMITE ANTE DINACIA

El presente trámite requiere que en forma previa a la presentación de los documentos ante el Registro Nacional de Aeronaves, el arrendatario curse nota a DINACIA solicitando se le confiera la matricula provisoria de referencia, explicitando la normativa en que ampara su solicitud. La nota debe estar acompañada de la correspondiente certificación notarial de firmas. INGRESA POR MESA DE ENTRADA.

Conjuntamente con la nota de solicitud deberá acompañar copia autentica del contrato de arrendamiento (apostillado o legalizado y traducido si fuera el caso) que a su entender cumple con los requerimientos dispuestos por la citada norma.

Importante: Al momento de la presentación de la nota y documentos que la acompañan es suficiente con presentar copias simples exhibiendo los originales al funcionario receptor de mesa de entrada a efectos de que el mismo autentique administrativamente los documentos.

NO DEJAR EN MESA DE ENTRADA LOS ORIGINALES, ya que oportunamente éstos deberán ser presentados para inscripción ante este Registro.

 

Una vez ingresada la documentación en la forma indicada, se sustanciará expediente administrativo DINACIA, el cual si las áreas competentes se expiden en forma favorable a lo solicitado, culminará con el dictado de una resolución DINACIA por la cual se autoriza a conferir la matrícula de referencia.

 

DESARROLLO DEL TRÁMITE ANTE ESTE REGISTRO:

1) Horarios para su presentación y retiro:

Días hábiles según el siguiente detalle:

a) Presentación: de 09.00 a 13.00 horas.

b) Retiro: de 09.00 a 13.00 horas. 

2) Costos:

La inscripción no tiene costos.

3) Documentación a presentar ante este Registro:

A) Contrato de Arrendamiento con plazo mayor a seis meses (es el que acompañó a la nota de solicitud indicada en Paso PREVIO).

En caso de tratarse de Documento otorgado en el extranjero deberá presentar los siguientes documentos:

a) Original con firmas certificadas, debidamente legalizado (o con apostilla) y traducido en su caso  (Art. 91 literal a) de la Ley 16.871 de 28/09/997). 

b) Testimonio notarial del original 

c) Fotocopia simple del original.

En caso de tratarse de Documento privado otorgado en el país deberá presentar los siguientes documentos:

a) Original con firmas certificadas

b) Duplicado con firmas autógrafas

c) Fotocopia simple del original.

En caso de tratarse de Escritura pública deberá presentar los siguientes documentos:

a) Primera copia de Escritura Pública,

b) Testimonio Notarial por Exhibición de la primera copia

c) Fotocopia simple de la primera copia.

B) Indicar los datos del expediente en el que se dictó la Resolución DINACIA a través de la cual se autorizó a conferir la matricula provisoria al amparo del Decreto 695/991 (véase ut supra en desarrollo del trámite ante DINACIA).

C) Formulario (FOR 106-2) de solicitud  de MATRICULACIÓN PROVISORIA  firmado por el arrendatario con los datos técnicos de la aeronave el cual debe encontrarse visado por el Departamento de Aeronavegabilidad – Sector Aviación General y Trabajos Aéreos.  El formulario debe estar firmado por el solicitante con certificación notarial de firmas. Se presentará el formulario en triplicado: el original y 2 copias con firmas autógrafas.

D) Acreditar el domicilio REAL del arrendatario. El presente requerimiento podrá ser acreditado en la misma certificación notarial de firmas del Formulario 106-2 referido en el literal anterior. En su defecto podrá ser acreditado mediante constancia policial.

E) Acreditar que el explotador de la aeronave es una empresa nacional autorizada a realizar transporte aéreo público (dicho extremo podrá ser acreditado en la certificación notarial de firmas del Formulario 106-2).

F) Acreditar la relación jurídica del arrendador con la aeronave (lo  que podrá constar en la certificación de firmas del Formulario 106-2).

G) Acreditar Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas por la que se autoriza la admisión temporaria de la aeronave.

H) Comunicación de cancelación de matrícula que poseía en el país de procedencia. La misma debe ser efectuada de Autoridad Aeronáutica a Autoridad Aeronáutica, por lo que deberá ser enviada por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.  

23/06/2021

Esc. Leonardo Fagundez Cichero

Director del Registro Nacional de Aeronaves

 

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