Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
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Resolución N° 041/2014 de 17 de febrero de 2014

DEROGASE el Reglamento Aeronáutico Uruguayo (RAU) 1, Definiciones y Abreviaturas aprobado por Decreto N° 349/000 de 28 de noviembre de 2000 y sus enmiendas.

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Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.