Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
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Directiva Nº 21/09

A los efectos de ampliar y modificar ciertas medidas tomadas en la Resolución de Seguridad AVSEC Nº 15/07 de fecha 2 de mayo de 2007, y en el Boletín Nº 01/007 de fecha 24 de mayo de 2007, inherentes al transporte en el equipaje de mano de los pasajeros, de alimentos o substancias no permitidas.

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Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.