Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
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Importación definitiva exonerada de tributos al amparo de la Ley 9.977

Información sobre el trámite

Consiste en la Solicitud de Material destinado a la actividad aeronáutica, otorgado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica del Ministerio de Defensa Nacional.

 

 

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Aquí se encuentra el listado de Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas.

 

Entre el lunes 5 y al viernes 9 de junio pasados, en la Sala "Mario García Cames" de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, se realizó un Taller sobre el Sistema de Seguridad Operacional del Estado (SSP). El mismo fue conducido por dos funcionarios de la OACI (Oficina Regional - Región Sud América), los señores Marcelo Ureña y Jorge Barrios. Participaron: directores, funcionarios de los niveles gerenciales medio y alto, asesores e inspectores que se desempeñan en Seguridad Operacional dentro de la DINACIA, así como integrantes de la Comisión Investigadora de Accidentes e Incidentes de Aviación (CIAIA), la cual depende directamente del Ministerio de Defensa Nacional. El taller abarcó dos fases: primeramente se revisaron las Normas y los Métodos Recomendados de la OACI (SARP´s) sobre Seguridad Operacional, para luego abordar una serie de ejercicios prácticos, en sub-grupos de trabajo. Los participantes se concentraron en temas tales como: la elaboración de políticas de Seguridad Operacional, la definición y el logro de objetivos, el manejo de indicadores de rendimiento y los procesos que permiten implementar el Programa de Seguridad Operacional del Estado. Esta es una más de las actividades que realiza la DINACIA en su carácter de Autoridad Aeronáutica del Uruguay, que integra la OACI y es participante del Sistema Regional para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP).

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Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.