Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
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Martes, 27 Agosto 2019 16:13

Reglamento general de ocupación de hangares, locales y espacios en aeródromos.

Reglamento general de ocupación de hangares, locales y espacios en aeródromos. https://www.google.com/search?q=hangares&safe=active&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiNqr3c4KPkAhXqGbkGHaB4CTEQ_AUIESgB&biw=1536&bih=722&dpr=2.5#imgrc=JUAWVmlc5I2_xM:

Para conocimiento de la  Comunidad Aeronáutica se publica la Reglamentacion N° 220-5, " REGLAMENTO GENERAL DE OCUPACION DE HANGARES, LOCALES Y ESPACIOS EN AERODROMOS Y AEROPUERTOS NACIONALES E INTERNACIONALES ADMINISTRADOS POR LA DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA".

Modificado por última vez en Viernes, 14 Febrero 2020 10:31
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Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.