Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
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La Autoridad Aeronáutica Uruguaya resuelve extender por un plazo inicial de 6 meses, las habilitaciones y certificaciones relacionadas con el transporte de mercancías peligrosas, asímismo las  licencias de personal de Seguridad de la aviación civil, que se encontraban vigentes al 13 de marzo de 2020 y caduquen mientras se mantengan las medidas tomadas en la Resolución 135/20, la cual se adjunta al presente artículo.

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Como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica ha implementado medidas oportunamente dispuestas por el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Defensa Nacional.

Se adjunta al presente la resolución DINACIA N° 101/20 para conocimiento de la comunidad aeronáutica. 

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 MEDIDAS ADOPTADAS POR ESTE REGISTRO

POR LA SITUACIÓN SANITARIA A CAUSA DEL COVID-19

 

MEDIDAS EXCEPCIONALES

 

En consonancia con las medidas dispuesta por el Poder Ejecutivo, y con las que posteriormente fueran dispuestas por esta Dirección Nacional, a efectos de evitar el contacto interpersonal y la movilidad de usuarios, este Registro ha dispuesto como medio exclusivo de presentación de documentos a inscribir y realización de consultas, la casilla de correo institucional Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. 

En ese entendido, toda la etapa relativa al proceso de inscripción (recepción, comunicaciones, etc) de los distintos documentos inscribibles en las Secciones que lleva este Registro, será coordinada únicamente por correo electrónico y/o en forma telefónica, y una vez inscripto el documento se coordinará y agendará día y hora para la presentación de originales y retiro de las constancias respectivas.

Los plazos registrales de los servicios brindados por este Registro no se verán alterados.

 

Atte.

Esc. Leonardo Fagundez Cichero

Director del Registro Nacional de Aeronaves

 

 

 

 

 

 

Publicado en Registro de Aeronaves

Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.