La circular de asesoramiento (CA) establece la política y el procedimiento para la concesión de desviaciones, dispensas (exenciones) y autorizaciones que soliciten las empresas, los explotadores aéreos y el personal aeronáutico, de acuerdo a lo establecido en el LAR 119 ¨Certificación de explotadores de servicios aéreos¨ y el RAU 11 ¨Reglas para la Formulación, Emisión y Enmienda de los RAUs¨, Sección C 11.37. El uso de los términos “explotador”, “organización” y ¨empresa¨ se utilizan indistintamente a lo largo de todo el documento. De igual forma, exención y dispensa.
La misma se encuentra diponible haciendo Click aquí, dentro del sitio web de la DINACIA.
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Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.
Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.