Se informa a la comunidad aeronáutica sobre la nueva clasificación de aeropuertos internacionales en sus niveles I, II y III dentro del territorio nacional, de acuerdo a la resolución DINACIA N° 209/2020 adjunta al presente artículo.
Se informa a la comunidad aeronáutica sobre la nueva clasificación de aeropuertos internacionales en sus niveles I, II y III dentro del territorio nacional, de acuerdo a la resolución DINACIA N° 209/2020 adjunta al presente artículo.
Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.
Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.