Los pasajeros transportados por vía aérea, deberán acreditar previo a su embarque ante la compañía transportista, lo estipulado en la Resolución DINACIA N° 240/20 adjunta al presente artículo.
Los pasajeros transportados por vía aérea, deberán acreditar previo a su embarque ante la compañía transportista, lo estipulado en la Resolución DINACIA N° 240/20 adjunta al presente artículo.
Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.
Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.