Dirección Nacional de Aviación Civíl e Infraestructura Aernáutica
Menu
Spanish English French Italian Portuguese
Usted está aquí:Institucional/Marco Jurídico y Normativa/Convenio de Chicago/Convenio de Chicago

Convenio de Chicago

Convenio de Chicago 1944

Fue firmado por nuestro País en la ciudad de Chicago el 7 de Diciembre de 1944 y ratificado por Ley Nº 12.018 del 4 de Noviembre de 1953, pasando a constituirse en miembro contratante de la Organización de la Aviación Civil Internacional .

Las normas y métodos recomendados por el mencionado organismo son aprobados por Decreto por las Autoridades Nacionales, pasando a constituir a partir de ese momento marco legal de la actividad aeronáutica Nacional.

La normativa aprobada por respectivos decretos hasta el momento es la siguiente:

  • Anexos 1 al 8 y 10 al 18
  • Documento 4444.

 

Por otra parte nuestro País ha ratificado los siguientes Protocolos y Convenios:

  • El Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, art. 3 bis, firmado en Montreal el 10 de mayo de 1984, por ley 15.762 de 13 de setiembre de 1985.

 

  • El Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (párrafo final, texto en ruso) firmado en Montreal el 30 de setiembre de 1977.

 

  • El Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (art. 56 ) firmado en Montreal el 6 de octubre de 1989.

 

  • El Protocolo relativo a una enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (art. 50 a ) firmado en Montreal el 26 de octubre de 1990.

 

  • El Protocolo relativo al texto auténtico quinquelingüe del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Montreal el 29 de setiembre de 1995.

 

  • El Protocolo relativo al texto auténtico en seis idiomas del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Montreal el 1º de octubre de 1998.

 

  • El Protocolo para la represión de Actos ilícitos de violencia en los Aeropuertos que presten Servicio a la Aviación Civil Internacional, complementario de Montreal (1988).

 

                             Convenio de Varsovia de 1929

                             Convenio de Ginebra de 1948.

                             Convenio de Roma de 1952.

                             Convenio de Tokio de 1963.

                             Convenio de la Haya de 1970. 

                             Convenio de Montreal de 1971.

 

 

 

 

 

 

Descargar archivos adjuntos:
Visto 8567 veces
Valora este artículo
(0 votos)

Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.

Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.